Esta ley fue creada con el objeto de:
1) Reducir la deforestación de tierras de vocación forestal .
2) Promover la reforestación de áreas forestales .
3) Incrementar la productividad de los bosques existentes .
4) Apoyar, promover e incentivar la inversión pública y privada.
5) Conservar los ecosistemas forestales .
6) Propiciar el mejoramiento del nivel de vida de las comunidades.
La aplicación de ésta se extiende a todo el territorio nacional.
INAB : Es el instituto Nacional de bosques , es la entidad estatal autónoma , descentralizada , con personalidad jurídica , patrimonio propio e independencia administrativa.
De los Delitos Forestales: En los artículos 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101 y 102 se regulan los delitos forestales en está materia , como el incendio forestal, recolección , utilización y comercializacion de productos sin documentos, el incumplimiento del plan de manejo forestal como delito, tala de árboles de especies protegidas, exportación de madera en dimensiones prohibidas .
En el artículo 103, regulan las faltas en materia forestal ; cuando sin autorización escrita se talen árboles de cualquier especie sin la licencia correspondiente cuando no exceda de 5 metros cúbicos.
Si se niega a presentar las autorización de aprovechamiento cuando se los requiera la autoridad.
Provocar la destrucción o muerte de árboles productos de gomas y otros.
1) Reducir la deforestación de tierras de vocación forestal .
2) Promover la reforestación de áreas forestales .
3) Incrementar la productividad de los bosques existentes .
4) Apoyar, promover e incentivar la inversión pública y privada.
5) Conservar los ecosistemas forestales .
6) Propiciar el mejoramiento del nivel de vida de las comunidades.
La aplicación de ésta se extiende a todo el territorio nacional.
INAB : Es el instituto Nacional de bosques , es la entidad estatal autónoma , descentralizada , con personalidad jurídica , patrimonio propio e independencia administrativa.
De los Delitos Forestales: En los artículos 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101 y 102 se regulan los delitos forestales en está materia , como el incendio forestal, recolección , utilización y comercializacion de productos sin documentos, el incumplimiento del plan de manejo forestal como delito, tala de árboles de especies protegidas, exportación de madera en dimensiones prohibidas .
En el artículo 103, regulan las faltas en materia forestal ; cuando sin autorización escrita se talen árboles de cualquier especie sin la licencia correspondiente cuando no exceda de 5 metros cúbicos.
Si se niega a presentar las autorización de aprovechamiento cuando se los requiera la autoridad.
Provocar la destrucción o muerte de árboles productos de gomas y otros.